Secciones: Movimiento Obrero/Mundo del Trabajo - El Problema Español - Huelga GeneralTítulo: El PSOE aprueba el mayor ataque al derecho laboral en 30 año. Cambios básicos en el mercado de trabajo Texto del artículo:
El PSOE aprueba el mayor ataque al derecho laboral en 30 años
Cambios básicos en el mercado de trabajo
Una previsión de pérdidas bastará para despedir El Congreso da seis meses a
patronal y sindicatos para reformar los convenios
*M. V. G. / A. D.* *- Madrid - *30/07/2010
Cuando el pacto para la reforma laboral descarriló en el diálogo social el
mes pasado, tras el desacuerdo se escondía el despido y sus causas. El
Gobierno tuvo que sacar adelante la reforma por decreto y sin el apoyo de
sindicatos y empresarios. Ayer, de nuevo, el despido objetivo y sus motivos
estuvieron a punto de dar al traste con los planes del Ejecutivo.
Cuando el pacto para la reforma laboral descarriló en el diálogo social el
mes pasado, tras el desacuerdo se escondía el despido y sus causas. El
Gobierno tuvo que sacar adelante la reforma por decreto y sin el apoyo de
sindicatos y empresarios. Ayer, de nuevo, el despido objetivo y sus motivos
estuvieron a punto de dar al traste con los planes del Ejecutivo. También
hubo elementos como la flexibilidad interna y el absentismo que abocaron a
la Comisión de Trabajo a una jornada de infarto. Estos temas y los mandatos
para reformar la negociación colectiva en seis meses si antes los agentes
sociales no alcanzan un acuerdo y los cambios en las prestaciones por
desempleo son, entre otros, los cambios más significativos de esta reforma
laboral:
- Causas de despido objetivo. Según el texto aprobado ayer, las empresas
podrán despedir por causas económicas procedentes cuando existan "pérdidas
actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos".
El decreto original del Gobierno hablaba de "situación económica negativa".
Esta precisión marca el camino a los jueces a la hora de aprobar los
despidos procedentes, mucho más baratos (20 días por año trabajado, con un
límite de 12 mensualidades) que el improcedente (45 días con un tope de 42
mensualidades o 33 con un máximo de 24, según el tipo de contrato
indefinido).
- Flexibilidad interna. Este ha sido uno de los puntos en que los diputados
de CiU han puesto más empeño. El grupo nacionalista proponía que si a la
hora de modificar el horario, el puesto de trabajo o los turnos no había
acuerdo entre trabajadores y empresario primara la decisión de este último.
Al empleado le quedaba la opción de acudir al juez, pero esto no paralizaba
la medida patronal. Al final, el PSOE ha impuesto su criterio. Si no hay
acuerdo, decidirá el juez. No obstante, ambas partes podrán recurrir a un
árbitro antes de ir a los tribunales.
- Absentismo. Una de las obsesiones de la patronal, reforma tras reforma,
también de CiU esta vez, es el absentismo, pese a bajar en los últimos dos
años. La reforma da más poder a los inspectores médicos del Instituto
Nacional de la Seguridad Social para dar altas en las incapacidades
temporales de menos de un año. Además se rebaja el umbral del 5% de media de
bajas temporales de una empresa al 2,5% para poder despedir de forma
procedente a un trabajador que supere el 20% de ausencias, aunque estén
justificadas.
- Contrato de fomento. Para impulsar la contratación indefinida, el Gobierno
quiso generalizar el contrato de 33 días de indemnización por despido. El
decreto de la reforma excluía a los parados que llevan menos de tres meses
en paro, pero incluía tantas excepciones en esta regla que casi generalizaba
esta figura. Ahora se rebaja el listón a quienes estén en paro: a aquellos
desempleados que llevan menos de un mes.
- Subvención del despido. Se mantiene sin apenas cambios tras el trámite
parlamentario la subvención al despido por parte del Fondo de Garantía
Salarial (Fogasa), sin que esto afecte a la indemnización del trabajador. El
empresario que alegue causas objetivas a la hora de rescindir un contrato
firmado desde que entró en vigor la reforma y que haya durado al menos un
año contará con una subvención correspondiente a ocho días por año
trabajado. El resto tendrá que abonarlo el patrón, sea procedente o
improcedente el despido.
- Prestaciones a parados. Cuando se recupere el empleo, el Gobierno tendrá
que reformar el sistema de prestaciones y subsidios a los parados para que
estos se impliquen más en la búsqueda de empleo y el desarrollo de
actividades (cursos de formación, elaboración de itinerarios de inserción o
entrevistas). Un cambio en esta línea provocó la última huelga general, la
de 2002, contra un Gobierno de José María Aznar.
- Negociación colectiva. Al final, la oposición se han resignado a que sean
los agentes sociales quienes negocien la reforma de la negociación
colectiva, algo que comenzaron a hacer el pasado miércoles. No obstante, han
puesto una condición: dan a sindicatos y empresarios medio año para ponerse
de acuerdo una vez entre en vigor la reforma laboral. Si en ese plazo han
sido incapaces de llegar a un pacto, el Gobierno tendrá que tomar la
iniciativa.
Cambios en la ley
- *Decreto de junio:* "Se entiende que concurren causas económicas [para el
despido objetivo] cuando de los resultados de la empresa se desprenda una
situación económica negativa".
- *Primera enmienda* *transaccional del PSOE:* "[...] cuando de los
resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa tal
como la existencia de pérdidas, la disminución relevante de beneficios o la
falta persistente de liquidez".
- *Texto aprobado ayer:* "Se entiende que concurren causas [...] en casos
tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución
persistente de su nivel de ingresos, que pueda afectar a su viabilidad".Artículo de www.profesionalespcm.org insertado por: El administrador web - Fecha: 01/08/2010 - Modificar
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