EMPLEO
[El
Problema Español] MEDIDAS URGENTES PARA EL EMPLEO ESTABLE Y CON DERECHOS. ATAJAR LA
PRECARIEDAD LABORAL, LIMITAR LA TEMPORALIDAD Y LA SUBCONTRATACIÓN EN EL
EMPLEO.
Miercoles, 17 de septiembre de 2003
El desempleo, la temporalidad en los contratos, la ausencia de
regulación en materia de subcontratación, con la precariedad
y siniestralidad laboral que esto genera, constituyen los problemas
más graves que hoy afectan a nuestra sociedad.
Las desacertadas reformas laborales realizadas en nuestro país,
desde la década de los ochenta, han configurado una realidad laboral
marcada por la desigualdad, la segmentación laboral, la temporalidad
y la rotación de los empleos.
La calidad del empleo de nuestro país se sitúa de forma
destacada por debajo de la existente en la actual UE-15:
Tenemos una Tasa de Paro superior a la media comunitaria en más de 5
puntos.
Nuestro país tiene una tasa de ocupación más de 7
puntos por debajo de la media.
Duplicamos en temporalidad, uno de cada 3 trabajadores es eventual, y las
consecuencias de precarización del empleo tienen un carácter
profundo y estructural.
Los índices de siniestralidad laboral se sitúan a la cabeza
de los países de la Europa de los quince, con un elevadísimo
número de personas que pierden la vida en su puesto de trabajo.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI), se sitúa 24'5
puntos por debajo del nivel considerado digno por la Carta Social del
Consejo de Europa, y el coste laboral por hora trabajada en España
representa el 75% del promedio de la zona euro.
Un gasto social, también, 7 puntos por debajo de lo que gastan
nuestros socios.
Toda esta degradación laboral y de la calidad del empleo, viene
teniendo consecuencias especialmente graves en nuestro país.
La temporalidad, la rotación en un mismo empleo y la precariedad
laboral la padecen más de 4 millones de trabajadores de nuestro
país, sin contar con los 2 millones de personas sin empleo. Un drama
que está generando graves desigualdades sociales con una
distribución de la riqueza cada día más desigual e
injusta. Tras las grandes cifras se esconden auténticos abusos e
incumplimientos legales y ausencia de derechos laborales, con exceso
injustificado de horas extras, destajos; concatenación irregular de
contratos de un mismo trabajador, como la propia Inspección de
Trabajo vienen denunciando; salarios no cotizados y discriminaciones
saláriales, especialmente para las mujeres y los jóvenes;
economía sumergida, y condiciones de salud y seguridad en el trabajo
peligrosas y contrarias a la normativa.
Un ejemplo, cercano y desgraciado, lo es el gravísimo accidente, que
el pasado día 14 de agosto tuvo lugar en la factoría de
Repsol YPF en Puertollano, con el trágico balance de 8 trabajadores
fallecidos y dos gravemente heridos, todos ellos trabajadores
pertenecientes a empresas subcontratadas. La empresa fue alargando las
revisiones periódicas de seguridad, realizando estas en
función de la producción y no de la seguridad, todo ello sin
justificación alguna, y a pesar de que sus instalaciones
requerían por su antigüedad una mayor atención,
constituye la última muestra del calibre de la gravedad del problema
en nuestro país.
Esto y el elevado número de denuncias y sanciones que se producen
por incumplimientos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales,
obliga a endurecer el aspecto coercitivo de la ley para garantizar el
cumplimiento, ya que en demasiadas ocasiones las empresas prefieren pagar
sanciones, si son inspeccionadas, que realizar las inversiones y la
política de seguridad que exige la norma.
Un gobierno democrático que se digne, no puede quedar de brazos
cruzados ante esta realidad, y tiene la obligación política,
moral, social y económica de abordar a fondo los problemas
estructurales que padece nuestro mercado laboral, emprendiendo una
acción legal, de carácter global, dirigida a disminuir de
forma sustantiva y eficaz la temporalidad, atajar la precariedad y la
siniestralidad laboral; todo ello con medidas concretas y modificaciones
legales, fruto de un debate a fondo con las organizaciones sindicales y
políticas de nuestro país, que favorezcan decididamente el
empleo estable y con derechos en nuestro país, con una
política con capacidad de una mayor redistribución de la
riqueza.
No abordar esta realidad, de forma inmediata, supone una gravísima
irresponsabilidad, y una demostración más de que el Gobierno
del PP antepone los suculentos beneficios empresariales de una
minoría, a la seguridad y estabilidad laboral a la que tienen
derecho los trabajadores de nuestro país.
Como se viene demostrando, la desregulación y flexibilización
de las condiciones laborales, así como la externalización de
los costes, con la brutal proliferación de las subcontratas, guardan
una estrecha relación y resultan determinantes para los
elevadísimos niveles de siniestralidad que se producen en nuestros
centros de trabajo. De la temporalidad se pasa a la precariedad y a su vez
a la inseguridad laboral, con el obsesivo objetivo de maximizar los
beneficios empresariales.
El empleo ha crecido de manera intensa en los últimos años,
como consecuencia de una coyuntura económica altamente favorable, y
el paro, en el terreno formal y estadístico y, se ha reducido
notablemente, a lo que ha contribuido también la moderada
evolución de la población activa por la menor presión
demográfica. La tasa de temporalidad se mantiene desde mediados de
la década de los noventa en niveles especialmente exagerados.
A pesar de los esfuerzos sindicales en forzar la estabilidad laboral,
mediante el Acuerdo para la Estabilidad, así como en el marco de la
Negociación Colectiva, los niveles de abuso de este tipo de
contratación son excesivos. Y la reducción de la tasa
insignificante, ya que la temporalidad permanece, en la actualidad, por
encima del 30%. Todo ello a pesar de las elevadas bonificaciones a la
contratación indefinida que cada año vienen recibiendo las
empresas de nuestro país, superior a las 1.800 millones de euros
cada año.
Es importante señalar también que la tasa de temporalidad se
ha reducido muy levemente en el sector privado de la economía, pero
ha aumentado en el Sector Público. Entre 1996 y 2002, la tasa de
temporalidad en las Administraciones Públicas ha aumentado 4,3
puntos porcentuales, hasta llegar al 20%.
Además del carácter temporal en la contratación, nos
encontramos con el fenómeno de la rotación. Intuitivamente,
podemos observar que, mientras los asalariados temporales que estima la EPA
representan el 30'6% de la población asalariada, más
del 92% de los contratos registrados en el INEM son de carácter
temporal. Así, en los últimos años, a cada trabajador
temporal le corresponden más de 3 contratos, frente, por ejemplo, a
dos contratos por trabajador asalariado temporal en 1994.
Con demasiada frecuencia, la rotación en la contratación se
produce en el marco de grupos de empresas, donde al trabajador se le
realizan nuevos contratos con aparentes cambios de titularidad, pero en el
mismo o similar puesto de trabajo, para intentar evitar que, a pesar de
llevar años desempeñando una tarea estable en el mismo centro
productivo, alcance la estabilidad del trabajador fijo.
La duración de los contratos tiene mucho que ver con esta
situación. Aproximadamente, la mitad de los contratos temporales
tienen una duración inferior al mes y, en los gestionados por las
Empresas de Trabajo Temporal (ETT`s), el 48% de los contratos tienen una
duración inferior a los cinco días.
Las ETT's tan sólo gestionan la precariedad de buena parte de
la contratación temporal. Estas empresas, en contra de lo que ocurre
en otros países y negando uno de los objetivos que justificaron su
legalización en 1994, no canalizan empleos especializados.
La aparente imagen moderna de las ETT's, que se han procurado,
esconde las formas de explotación más aberrantes.
Por otro lado, vemos como cada día, en empresas y sectores con
elevados niveles de beneficio, se producen expediente de regulación
de plantillas, donde se termina incentivando la salida de las empresas de
trabajadores, mayores de 50 años, que terminan siendo expulsados del
mercado laboral, en el momento de mayor experiencia y capacidad
profesional, como viene ocurriendo en Telefónica, RENFE o Repsol.
Empleos de calidad, posteriormente sustituidos por condiciones precarias,
rotativas y temporales, cuando directamente no se externalizan, como en el
caso de Repsol YPF, en Puertollano, empresa que ha externalizado el 50%, a
más de 60 subcontratas que realizan de las tareas cotidianas de su
factoría, en los últimos años.
Es necesario, además de un control legal de las contratas y
subcontratas, actualmente regidas por una norma ineficaz de 1980, limitando
su abuso e igualando condiciones laborales de los trabajadores la empresa
principal y la contrata, como se viene demandando sindicalmente, es
también urgente una regulación legal de las estas formas de
despido llamadas prejubilaciones.
El gobierno de la derecha ha despreciado sistemáticamente todas las
iniciativas institucionales y políticas que IU ha llevado tanto al
Congreso como al Senado, así como las movilizaciones, huelgas y
protestas realizadas por las organizaciones sindicales, demandando una
modificación legal de la subcontratación y un cumplimiento de
la normativa en materia de prevención de riesgos y de accidentes de
trabajo.
INICIATIVAS PARA EL EMPLEO ESTABLE, EL CONTROL LEGAL DE LA
SUBCONTRATACIóN Y LA DISMINUCIóN DE LA TEMPORALIDAD Y LA
PRECARIEDAD EN EL EMPLEO
Izquierda Unida, reiterando diversas propuestas ya planteadas durante las
últimas legislaturas y recogiendo diversas iniciativas sindicales,
plantea todo un conjunto de medidas legales que favorezcan una mayor
calidad y seguridad en nuestro empleo, a fin de equiparar nuestra
estructura productiva y de relaciones laborales a los países de la
UE más avanzados, y garantizar un mejor y más justo
desarrollo de las posibilidades de crecimiento de nuestro país.
Es evidente de que una forma lógica de garantizar una mayor calidad
del empleo, hoy resulta más necesaria que nunca una reducción
legal de la jornada laboral a 35 horas semanal sin menoscabo salarial,
así se vienen pactando en buena parte de empresas y sectores
relacionados con la administración pública.
1º Restablecimiento del principio de causalidad en la
contratación temporal.
Con la supresión legal de todos los contratos temporales que no se
ajustan estrictamente a las medidas temporales de la empresa.
2º Preferencia legal por los contratos de carácter indefinido.
Con una revisión del régimen jurídico de los contratos
temporales en orden a establecer la preferencia legal de los contratos
temporales que no respondan a las necesidades excepcionales de las
empresas. Con la prohibición legal de la contratación
temporal en cadena. Creación de un sobrecoste de la
cotización en el contrato a temporal.
3º Promover una Ley de las contratas y subcontratas.
Garantizando la protección de los derechos de todos los trabajadores
de las empresas contratistas en materia de condiciones de trabajo,
seguridad social, derechos de representación, condiciones
salariales, jornada laboral y seguridad laboral y salud laboral.
Establecimiento de la responsabilidad solidaria entre la empresa principal
y todas las contratistas y subcontratistas en el cumplimiento todos los
derechos, en especial los referidos a la aplicación de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales.
Equiparación de derechos de los trabajadores de la empresa principal
y de las empresas contratistas.
Preferencia de los trabajadores pertenecientes a contratas y subcontratas
para el acceso al empleo de la empresa principal.
Control administrativo de la subcontratación, mediante el
establecimiento de la obligación de todas las empresas
subcontratistas de obtener una autorización previa de la
Administración, con anterioridad a la realización de la obra,
y con una validez referida a la obra solicitada. Acreditando el
cumplimiento de los derechos de los trabajadores que van trabajarán
en dicha obra. Creando un registro público y conseguir un mayor
control de estas empresas.
Obligación de que un porcentaje mínimo la plantilla estable.
Aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones salariales,
indemnizatorias y de Seguridad Social, que se realizan en las obras
dependientes de la Administración mediante constitución de
una fianza suficiente para hacer frente a las obligaciones.
Derecho de representación legal de los trabajadores dependientes de
subcontratas, desde el inicio de la obra.
4º Medidas legales, urgentes, para garantizar un mayor cumplimiento de
la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en los centros de trabajo.
Creación de una Fiscalía especial contra la siniestralidad
laboral, concertada con la Inspección de Trabajo, las Comunidades
Autónomas, y los representantes de la patronal y de los sindicatos.
Tipificación en el Código Penal como delito, el
incumplimiento flagrante o reiterativo de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales.
Creación de la figura del Delegado territorial de Prevención
de riesgos.
5º Medidas para la igualdad de oportunidades.
Acción específica de la Inspección de trabajo para
evitar abusos y discriminaciones laborales y salariales contra la mujer en
los centros de trabajo. Reforzando la igualdad de salario y de
oportunidades entre mujeres y hombres, favoreciendo la incorporación
de mujeres y jóvenes al empleo estable y con derechos.
6º Fortalecimiento de la Inspección de Trabajo.
Incremento sustantivo de la Plantilla de Inspectores de Trabajo hasta
alcanzar durante la próxima la legislatura una ratio de 1 Inspector
por cada 7000 trabajadores. Con el desarrollo de planes regulares
concertados con los agentes sociales y CC.AA. Con incremento de las
actuaciones en los sectores de mayor riesgo de temporalidad y
siniestralidad laboral.
7º Dignificación del SMI.
Incremento del Salario Mínimo Interprofesional, durante la
próxima legislatura al 60% del Salario Medio, tal como recomienda la
Carta Social Europea. Con un incremento para este año del 10%.
SECRETARIA FEDERAL DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - IZQUIERDA UNIDA
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