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Título: Condenan a 4 de los detenidos en la manifestación anti -LOU 2001- Enlace 1 - Enlace 2

Texto del artículo:

Condenan a 4 de los detenidos en la manifestación anti -LOU 2001 17-2-06



17-02-2006

9 años de cárcel y más de 6.200 euros de indemnización

Condenan a 4 de los detenidos en la manifestación anti-LOU 2001



Otro Madrid



El pasado 23 de Septiembre de 2005 se celebró el juicio contra los cinco jóvenes universitarios detenidos en Madrid al finalizar la multitudinaria manifestación contra la LOU que se desarrolló en la Plaza de España el día 1 de Diciembre de 2001. Han condenado a todos ellos salvo al joven ciudadano italiano al que, pese a tener unas acusaciones y hacer unas declaraciones similares a los demás, le fueron sorprendentemente retirados los cargos en el transcurso del juicio.
Tenían entre 18 y 20 años cuando sucedieron los hechos. Les condenan nada más y nada menos que a 9 años de cárcel y más de 6.200€ de indemnización. Denunciaron las vejaciones y malos tratos, tanto físicos como psicológicos, que sufrieron en el transcurso de la detención. En unas y otras Instancias fueron sobreseídas.

El 1 de Diciembre de 2001 tras concluir el concierto musical con el que se
clausuraba la masiva manifestación contra la LOU, convocada por la totalidad
de las organizaciones sociales, políticas y sindicales a excepción del
Partido Popular en la Plaza de España de Madrid, los asistentes van
abandonando la zona. Por la calle Leganitos suben, igual que otros muchos,
Marcos y Manuel en dirección a la Puerta del Sol, con la intención de coger
allí un autobús para regresar a Moratalaz, donde viven, ya que el transporte
público desde la Plaza de España está colapsado. En la confluencia de la
calle Leganitos con la Plaza de Santo Domingo, observan como otro joven,
Israel, conocido de Marcos, está pidiendo a un fotógrafo que deje de sacar
fotografías a los jóvenes que se encuentran en la zona. La reacción del
fotógrafo, manteniendo una actitud provocadora, fue encararse con Israel,
por lo que Marcos y Manuel deciden intervenir con la intención de que la
disputa no vaya a más. Antes de que puedan darse cuenta de nada se
encuentran de bruces contra el suelo al abalanzarse contra ellos unos
individuos, algunos de ellos encapuchados y con la cara tapada. Otros de
esos individuos golpean y reducen en la entrada de un garaje a un joven
italiano, Federico, que se encontraba en el mismo lugar. Tanto el fotógrafo,
que en ningún momento se identificó, como el resto de los individuos, varios
de ellos enmascarados, resultaron ser policías. Una vez detenidos, son
conducidos, andando, hasta las dependencias de la comisaría más próxima que
se encuentra entre las calles Fomento y Leganitos. Estos hechos se
produjeron sobre las 15:30h. Aproximadamente 20 minutos más tarde, en la
calle Jacometrezo frente a la cafetería La Calesera un “sospechoso” e
incontrolado grupo de encapuchados empieza a vociferar y a tirar piedras y
ladrillos contra una furgoneta de la policía municipal que se encontraba
estacionada y vacía, en ese momento la mayoría de los estudiantes que como
Daniel nada tenían que ver con los lanzamientos de piedras intentan salir
corriendo del lugar al tiempo que, según testigos presenciales, del interior
de la cafetería sale la dotación de la furgoneta policial cogiendo a los
primeros que pillan: Justo que es menor de edad y Daniel. En el momento en
que uno de los policías municipales agarra por el brazo y de la mochila a
Daniel es alcanzado por uno de los proyectiles y cae al suelo desplomado. Al
día siguiente los periódicos El Mundo y La Razón informaron de esta agresión
al policía municipal acompañándola de un reportaje fotográfico que desmiente
radicalmente las declaraciones de la policía. La detención

Una vez en la comisaría de Leganitos, y cuando ya llevaban allí un buen rato
detenidos Israel, Manuel, Marcos y Federico, pueden comprobar como la
policía trae a otros dos detenidos: Justo y Daniel. Si bien todos ellos
sufrieron agresiones y tratos degradantes en las dependencias policiales,
especialmente los dos últimos los sufrieron con mayor intensidad. La
detención se prolongó hasta las 72h. Y sólo fueron puestos en libertad tras
podérseles tomar declaración ante la Juez de Instrucción en los juzgados de
la Plaza Castilla.Durante el tiempo que se prolongó la detención preventiva,
la asistencia por parte de los abogados a la que tenían derecho, si nos les
fue negada, si les fue “dosificada” al antojo del responsable del atestado,
incluso se trató, reiteradamente, de impedir el nombramiento de un abogado
en concreto, alegando el interlocutor policial que dicho abogado no estaba
colegiado en Madrid, siendo aceptado dicho nombramiento sólo después de una
intervención telefónica desde el juzgado de guardia y tras comprobar la
efectiva colegiación del letrado.

La causa penal

Tanto el atestado policial como la diligencia inicial lo instruye el jefe
del operativo policial que intervino en la manifestación, y, a la vez, actúa
como testigo. En las declaraciones de los distintos policías, recogidas en
el expediente, ya pueden verse infinidad de contradicciones, llegando a
situar a los detenidos en distintos lugares y a distintas horas en el
momento de la detención, confundiendo y mezclando a los detenidos en la
calle Leganitos con los hechos acaecidos más tarde en la calle Jacometrezo,
imputaciones que quedan claramente contradichas por las declaraciones de los
testigos oculares, transeúntes que se encontraban allí ese día, o por las
del reportero gráfico que además de declarar aporta una primera fotografía
esclarecedora que completa la secuencia de las aparecidas en la prensa.
Estas contradicciones llegan al extremo, por parte del policía municipal
agredido, de cambiar la versión de su primera declaración, imputando la
agresión a Daniel en lugar de a Justo como sostenía seis meses antes para
que coincidiera con la de su compañeros, asimismo puede verse como los
policías van cambiando su versión a medida que van apareciendo pruebas y
testigos que con sus declaraciones ponen en entredicho sus primeras
manifestaciones, por lo que llegan a decir, incluso, que hubo otras
supuestas agresiones, previas y posteriores a la única constatada, que
curiosamente, no se reflejaron ni en los reportajes gráficos ni en las
crónicas escritas de la prensa del día posterior a los hechos, y que ningún
testigo presencial corrobora aparte de los propios policías.

El juicio

Para la no celebración del juicio, la fiscal propone rebajar las penas a
cambio de un reconocimiento de culpabilidad, que lógicamente no se acepta, y
se celebra el juicio. Se toma, en primer lugar, declaración a los imputados,
que mantienen no haber realizado ningún acto violento y se ratifican en su
inocencia y en todo lo declarado hasta este momento. Seguidamente se toma
declaración a los policías, nacionales primero y municipales a continuación,
incurriendo todos ellos en múltiples contradicciones, tanto en el relato de
los hechos como en el lugar de las detenciones o entre los sujetos y los
motivos de las mismas, modificando en numerosas ocasiones sus declaraciones
anteriores. Por último declaran los testigos presenciales:

-El reportero gráfico cuyas fotografías fueron publicadas por la prensa
nacional, y que a escasos metros presenció la agresión al policía municipal
y que niega la versión policial.

-Dos personas que presenciaron las detenciones en la confluencia de la calle
Leganitos con Santo Domingo, a raíz del altercado con una persona que estaba
haciendo fotos, que coinciden con lo declarado por los detenidos.

-El conductor de un autobús de la EMT que declara que nada de lo que acusan
a los procesados, por lo que a él respecta, es cierto y que sin embargo se
queja amargamente de la actuación de la policía, que parecía más interesada
en que se produjeran altercados que en evitarlos, puesto que le permitieron
acceder a la zona, retirando las vallas, cuando aún estaba llena de
manifestantes.

Existe otro testigo ocular -aparece en las fotografías publicadas en la
prensa mirando directamente la escena a escasos dos metros de la misma- que
declaró en su momento que los hechos se produjeron tal y como ha relatado el
reportero gráfico en el acto del juicio, desmintiendo también la versión
policial y que no fue a declarar en juicio. La defensa pide el aplazamiento
de la vista para poder tomarle declaración, la acusación y la fiscal no lo
creen necesario. La juez determina que se le tomará declaración antes de
emitir sentencia por lo que invita a las partes a formular preguntas. Se
propone un breve receso, dado que habían transcurrido casi cinco horas desde
el inicio de la vista. Antes de salir de la sala tanto el abogado de la
acusación particular como la fiscal proponen la retirada de los cargos que
se le imputan al joven ciudadano italiano, Federico; cosa que se acepta. De
vuelta a la sala, tras el receso, se exponen las conclusiones, y una vez
planteadas el juicio queda visto para sentencia. Ya hay sentencia. Es
disparatada. Los condenan a un total de nueve años. Sorprendentemente la
juez solamente ha valorado las versiones policiales sin tener para nada en
cuenta la multitud de contradicciones en que incurren. Se limita a expresar
que los detenidos niegan los hechos cuando realmente todos ellos relataron
las circunstancias en que fueron detenidos y siendo corroborado por la
totalidad de los testigos no policías que declaran en el juicio (el
conductor del autobús, el reportero gráfico y otras dos personas que vieron
el incidente próximo a la confluencia de Leganitos con Santo Domingo). Las
contradicciones de los policías también avalan la verdadera versión de los
hechos. No se hace mención alguna al relato de dichos testigos. Hay un
testigo esencial para el esclarecimiento de los hechos que no comparece ni
es permitida su posterior comparecencia mediante un aplazamiento. Incluso un
policía nacional corrobora que los municipales están en el interior del bar
tal y como afirman los testigos de Jacometrezo y sin embargo la juez da por
buena la versión de los municipales, que afirman estar dentro de la
furgoneta. Las pruebas documentales (fotos) es como si no existieran.

Más información en:
ENLACE 1:
http://www.nodo50.org/fadal2001/

ENLACE 2:
http://www.rebelion.org/seccion.php?id=16

Artículo de www.profesionalespcm.org insertado por: El administrador web - Fecha: 17/02/2006 - Modificar

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